El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
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